
La Procuraduría General de la República emitió un comunicado oficial en el cual aclaró que el Código Penal aprobado y su reforma no tipifican ni sancionan con prisión o multa la creación o publicación de caricaturas, memes, parodias, sátiras, videos o imágenes con fines periodísticos, artísticos, humorísticos o como vehículo de crítica social.