SANTO DOMINGO.- Las autoridades del Ministerio de Salud Pública decretaron que Elizabeth Silverio, una “neurocientífica” que operaba en el país sin poseer el exequatur correspondiente, podría enfrentar una pena de dos a diez años de prisión si se comprueba su delito. De acuerdo con la Ley General de Salud 42-01, es ilegal ejercer cualquier rama de la salud sin contar con el exequatur otorgado por el Ministerio.
Luis Tolentino, consultor jurídico del Ministerio de Salud Pública, anunció que presentarán una querella en contra de Silverio por violar el artículo 156, numeral 7 de la mencionada ley. Este artículo establece la prohibición de ejercer la salud sin el exequatur correspondiente. Según el artículo 156, aquellos que cometan este delito pueden ser sancionados con penas de dos a diez años de reclusión o multas que oscilan entre veinticinco y cincuenta veces el salario mínimo nacional.
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Además, las autoridades sanitarias están llevando a cabo una revisión y revalidación del personal que trabajaba en el Centro de Terapias Neurocognitivas y Psicopedagógicas KOGLAND. Este centro no contaba con la habilitación de Salud Pública para ofrecer servicios de consulta psicológica. Las autoridades también están investigando si hay complicidad por parte de los profesionales que laboraban en el lugar.
Esta acción del Ministerio de Salud Pública busca garantizar el cumplimiento de las normativas y regulaciones en el ámbito de la salud, protegiendo así la seguridad y el bienestar de la población.